La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Asturias comunicó a la Coordinadora Ecoloxista d'Asturies, que están abiertas las Diligencias de Investigación ante la denuncia interpuesta el pasado mes de diciembre por la Coordinadora Ecoloxista, por un supuesto delito contra en medio ambiente por incumplimientos derivados de la inobservancia de las condiciones ambientales impuestas en la autorización administrativa otorgada por la Dirección General de Minería y Energía de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias a la Industria Extractiva de LA JAVARIEGA, denominada CALIZAS ORNAMENTALES DE ASTURIAS, S.L., ubicada en la localidad de Meré, en el concejo de Llanes, y por otros posibles delitos de prevaricación administrativa y falsedad documental.
Fuente: Nota de prensa de la Coordinadora Ecoloxista d'Asturies.
Los hechos se remontan a 2003, cuando al otorgarse la nueva autorización administrativa, se sometió el ejercicio de la actividad industrial extractiva a la obligación de construir un puente sobre las aguas del río Las Cabras para evitar el paso de maquinaria pesada sobre su cauce y el consiguiente daño ambiental para los ecosistemas fluviales. En 2010 el puente seguía sin construirse, pretextando entonces el representante de la industria, que el incumplimiento se debía a no haber obtenido hasta el 1 de junio de 2010 autorización de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, ni hasta el 12 de septiembre de 2010 de la Jefatura de Servicio de Carreteras (Fomento).
A la asociación denunciante, la Dirección General de Minería le dijo por escrito que la construcción del puente estaba “en fase de ejecución del proyecto”, sin embargo, ello no era cierto, pues a día de hoy, más de tres años después, sigue sin construirse el referido puente, y una media de dos camiones diariamente siguen vadeando el río Las Cabras, con el consiguiente daño medioambiental que, si bien se viene produciendo por el paso de maquinaria pesada sobre el río, no es menos gravoso que este cauce se llene con materiales ajenos al mismo con pretensión de soportar el peso de los camiones, lo que supone un vertido de escombros en el cauce ilegal y en todo caso una obra cuya destrucción por la fuerza de las avenidas puede ocasionar daños a personas y bienes.
Que tal actividad no autorizada tiene efectos nocivos sobre el cauce del río Las Cabras y su caudal es algo que la Declaración de Impacto Ambiental ya ha constatado, por lo que tal cuestión ya ha superado el juicio hipotético sobre su potencialidad lesiva y el peligro al que se somete el equilibro del ecosistema natural, pues no se ha de olvidar que la Evaluación de Impacto Ambiental no hace sino definir y concretar la forma en que la industria debe realizarse de forma que garantice la protección de la flora y de la fauna, y esta resolución viene siendo vulnerada.
Por otra parte, funcionarios de la propia Consejería de Economía y Empleo han podido incurrir en diversos ilícitos penales, habida cuenta de que, a medio de documento público, se dijo a la asociación denunciante que “se procedió a comprobar los hechos por Vd. denunciados, constatando que, o no se apreciaron incumplimientos, o si existieron con anterioridad, en el momento de la visita ya habían sido subsanados , por lo que procede el archivo del expediente”, siendo ello incierto, pues o bien se mintió al decir que se había girado visita, o bien se hizo cuando se declaró que no se habían apreciado incumplimientos o que los denunciados habían sido subsanados, pues a la vista está que el puente no ha sido construido y la condición ambiental impuesta en la autorización administrativa sigue sin observarse por la industria denunciada.
El daño al medio ambiente se está materializando de forma continua en el cauce del río Las Cabras, y del mismo es responsable tanto el que directamente lo ocasiona como quienes, teniendo la misión técnica de verificar las condiciones de la autorización, las omiten, esto es, los funcionarios que no realizan la inspección o lo hacen silenciando la infracción de las normas reguladoras, incumpliendo su función fiscalizadora y garante. Con referencia a esta última conducta delictiva, se ha de añadir, en palabras del Tribunal Supremo, que el daño queda, además, constituido por la quiebra que, en los ciudadanos va a tener la credibilidad de las instituciones y la confianza que ellas deban merecerle, porque, como custodios de la legalidad, son los primeros obligados, y esta quiebra produce efectos devastadores en la ciudadanía, pues nos hace pensar en cuántos casos sin esclarecer se pueden estar dando en Asturias, en los que se han silenciado infracciones con ocasión de las inspecciones o en los que ni siquiera se realizan dichas inspecciones.
Coordinadora Ecoloxista d'Asturies.
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