Ecologistas recurren el Plan de Residuos de Asturias tramado a espaldas a la salud de los asturianos/as

Archivo Pixabay.com
El Conceyu contra la Incineración presentó ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Asturias, la demanda contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 25 de abril de 2018, por el que se aprueba el Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias 2017-2024.


A nuestro juicio no se ha respetado ni la tramitación adecuada, ni los documentos presentados durante la tramitación del plan se ajustaron a las obligaciones que la ley les exigía.

No se ha proporcionado información suficiente sobre los criterios de ubicación para la identificación de los emplazamientos que es una exigencia formal relativa a las obligaciones que debe atender un plan de gestión de residuos. Además, ello viene relacionado, de forma directa, con el deber de velar de forma adecuada por un medio ambiente adecuado y por la salud de las personas y con el derecho de acceso a la información y a la participación en materia de residuos que no se tuvo en cuenta en este plan.

Debemos señalar, que en los diferentes documentos que se han ido generando en el proceso de elaboración del plan se han ido exponiendo emplazamientos diferentes para las plantas de valorización química y térmica de los residuos generados por la denominada “bolsa negra”, que es en toneladas la porción más numerosa de los residuos generados en Asturias.

Entre la documentación del Plan no se aporta ningún estudio que analice la incidencia en la salud que puedan llegar a tener las actuaciones proyectadas: valorización química/valorización térmica.

La normativa exige que las actuaciones en materia de residuos deberán evitar cualquier afección tanto a la salud humana, como a la calidad del agua, el aire, el suelo, la fauna, la flora o el paisaje y, de manera específica, deberán ser coherentes con las estrategias de lucha contra el cambio climático. Este es el principio básico de cualquier política medio ambiental por obligado cumplimiento del artículo 7 de la ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Por eso hemos acompañado a nuestra demanda varios informes elaborados por especialistas del ámbito sanitario que han investigado sobre la naturaleza de algunas de las partículas que generan esos procesos de combustión proyectados en la térmica de Mieres de Hunosa y la cementera de Carreño: moléculas y átomos de plomo, arsénico, mercurio y talio entre otros; e igualmente se pone de manifiesto el riesgo que hay para las personas, en particular en un radio de 5 km en el entorno de las instalaciones, de sufrir enfermedades o patologías que se derivan directamente de esos procesos de tratamiento de residuos.

El Plan no contempla el análisis de alternativas posibles para todo el ciclo de gestión de residuos sino únicamente para el tratamiento de la llamada “bolsa negra” y la alternativa 7, finalmente elegida adolece de un estudio pormenorizado que permita constatar que es la alternativa más razonable, técnica y ambientalmente viable.

Tampoco se cumple la jerarquía de residuos, la apuesta de la alternativa seleccionada es la valorización química, o en su defecto, térmica de la bolsa negra, no habiéndose llevado a cabo estudios de alternativas en las fases iniciales, como es en el momento inicial con alternativas sobre prevención. No se ha buscado mejorar la prevención pese a estar en los escalones anteriores y pese a que hay experiencias constatadas, llevadas a cabo en países europeos, de cómo intervenir en la prevención tiene efectos directos en el aumento de las tasas de reciclaje y sin tener en cuenta, en la práctica, que la Unión Europea apuesta por la economía circular.

Por ello desde la plataforma del Conceyu contra la Incineración que aglutina a organizaciones de toda Asturias hemos pedido la nulidad del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan Estratégico de Residuos del Principado de Asturias.

Fuente: Nota de prensa del Conceyu contra la Incineración

No hay comentarios:

Archivos del Blog