Durante la época estival se desarrollan diversos eventos culturales en nuestra ciudad. Algunos de ellos gozan de un merecido prestigio en cuanto a su programación y desarrollo específico, y es por esto por lo que la comunidad en general realiza un esfuerzo económico para potenciar e implementar proyectos culturales que revalorizan nuestro entorno.
Se puede y se debe, por tanto, relacionar los eventos culturales con el desarrollo económico de Xixón, tejiendo redes dinámicas que generen actividad laboral digna y sostenible, y referencien un compromiso ético que finalmente resulte extensible para todo el sector privado.
Para ello, urge desarrollar un protocolo que establezca una base sólida para aunar los aspectos anteriormente mencionados y que materialice el compromiso entre institución y producción cultural. Todo ello con el objetivo de generar ámbitos donde se dignifique el empleo, el motor económico de cualquier sociedad avanzada.
De los contratos
.- El cumplimiento de lo pactado, confiere sin duda credibilidad a la parte contratante y genera seguridad en las personas contratadas, elementos estos que a su vez redundan de manera muy positiva en activar el sector económico de la ciudad. Para ello proponemos reforzar algunos puntos fundamentales que generalmente pasan desapercibidos y pueden provocar relaciones laborales asimétricas y en ocasiones no contempladas en el ordenamiento jurídico:
.- En los contratos o anexos a los mismos, figurará el horario y las funciones concretas a desarrollar por la persona empleada.
.- En lo relativo a las horas extras, los contratos solo permitirán la realización de aquellas calificadas como estructurales o de fuerza mayor de acuerdo con el Convenio Colectivo aplicable, o en su defecto en el Art. 35 del Estatuto de los Trabajadores. Tanto para estas, como para las complementarias en los contratos a tiempo parcial, se les aplicará íntegramente la regulación más favorable para el trabajador/a, bien sea la del propio Contrato o la del Convenio Colectivo, o en su defecto la del Estatuto de los Trabajadores, procurando en la medida de lo posible que las mismas sea compensadas por descansos”
.- Dichas funciones deben ser entregadas por escrito antes de la firma del contrato y deberán ser lo más precisas posibles.
.- La remuneración económica de las funciones establecidas se ajustarán siempre a convenio, sustantivando explícitamente el convenio referencia en el contrato.
.-Estipulación en los contratos de las jornadas de descanso. Éstas deberán ser recogidas de manera explícita, bien el mismo contrato o bien en el anexo
.-En caso de coincidir la jornada laboral en el periodo habitual de comida o cena, ésta será facilitada por la empresa.
.- En caso de haber personal en el evento desarrollando prácticas formativas, éstas deberán ser explicitadas en un documento concreto, y dichas personas deben realizar las funciones específicas de las prácticas. En ningún caso dicho personal podrá desarrollar funciones que deben ser remuneradas, o que ya están siendo realizadas por personal contratado.
.- La empresa productora del evento se compromete, en la medida de lo posible, a contratar personas sin empleo y de larga duración, atendiendo principalmente a los colectivos sociales más afectados por la crisis.
De los cuadrantes e identificaciones
.-Los cuadrantes de los trabajadores y trabajadoras serán presentados al inicio del evento, y podrán ser consultados por los y las empleadas si lo necesitasen.
.- Los trabajadores y trabajadoras irán identificados con una chapa con su nombre de pila y empresa por la que han sido contratadas-os.
De las empresas o actividades subcontratadas.
Para garantizar la mayor transparencia, se realizaran las siguientes actuaciones:
.- Se establecerá un listado con las empresas subcontratadas por la productora del evento.
.-Del mismo modo, cualquier otra empresa que actúe dentro del evento deberá asumir el presente protocolo como propio.
.- Dichas empresas, a su vez, facilitarán el listado de personal contratado, junto con una descripción de los horarios, retribuciones y funciones.
.- Cada subcontrata se comprometerá por escrito a cumplir la legalidad y convenios vigentes.
.- Las condiciones que la productora del evento se compromete a poner en funcionamiento deberán ser también asumidas por las empresas.
De la forma de recogida de quejas laborales, incumplimientos de contratos o vulneración de derechos.
.- El ayuntamiento de Xixón se compromete a habilitar un servicio para la recepción de alguno de los tres supuestos anteriormente relatados.
.- El ayuntamiento de Xixón se compromete a velar por los derechos de los y las trabajadoras de los eventos culturales o festivos, que reciben dinero público de todas y todos.
.- Del mismo modo, la empresa productora del evento informará y pondrá a disposición del personal empleado un servicio de atención donde recoger las diferentes quejas que puedan producirse, así como de dar contestación por escrito a aquellas solicitudes realizada por el mismo medio. La información sobre dicho servicio se explicitará por escrito en el contrato o anexo del mismo, y se transmitirá verbalmente en el momento de la firma.
Fuente: Nota de prensa de Xixón Sí Puede.
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