El Ayuntamiento de Grado y las ordenanzas a medida de las actividades de gran impacto ambiental

Cantera de la Llera, en el concejo de Grado - Grau. -Foto Coordinadora Ecoloxista d'Asturies-

La Coordinadora Ecoloxista d'Asturies denuncia que el Ayuntamiento de Grado publica una ordenanza a medida para legalizar instalaciones de gran impacto ambiental.

Nota de prensa de la Coordinadora Ecoloxista
La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ha solicitado al Ayuntamiento y la Comisión de Urbanismo Ordenación de Territorio de Asturias (CUOTA) , la nulidad de la Ordenanza urbanística reguladora del régimen de fuera de ordenación del Ayuntamiento de Grado, publicado en el Bopa del pasado día 12.
Esta ordenanza parece hecha a medida para legalizar las ilegales instalaciones de la cantera y plantas industriales que la empresa Catisa tiene en Llera, que ahora mismo no puede ser legalizadas.
Resulta evidente a nuestro juicio que se procedido al trámite de esta ordenanza cometiendo varias irregularidades que hemos denunciado y que resumimos:
- No se procedió a su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento.
- A nuestro juicio es nulo de pleno derecho, por cuanto que es contrario tanto a las Normas subsidiarias de 1996 como al Plan Vigente, y por un principio de jerarquía normativa, la ordenanza no puede contradecir, ni modificar el régimen urbanístico establecido en el PGO. Debe citarse el art. 7 de este nuevo PGO, que dice:
Artículo 7.—Ejecutividad
1. De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 103 del TRLS, este Plan será inmediatamente ejecutivo tras su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA), en los términos del Artículo de la misma Ley.

- Por otra parte nada se dice de que se haya sometido a información pública y de ser así se ha hurtado un trámite esencial que lleva consigo la nulidad de pleno derecho.
- A ello debemos añadir que como aparecen regulados aspectos medioambientales de determinados usos o industrias, carece del informe de los organismos sectoriales, que es obligado en el trámite de coordinación administrativa establecido por el TROTU y constituye un fraude de ley, pretender la supervivencia de usos o actividades, que según el PGO no serian admisibles y sobre los que se debió pronunciar el órgano ambiental que examinó el PGO nuevo.
- No se observó, la obligación de evaluación ambiental de planes y programas.
Hay que recordar que todos los órganos competentes han manifestado la imposibilidad de legalizar la cantera de Llera en reiteradas ocasiones:
Así lo ha hecho la Comisión Ejecutiva de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA.
Así lo ha hecho la Consejería de Medio Ambiente
Así lo ha hecho la Confederación Hidrográfica.
Por todo ello esperamos que el Ayuntamiento rectifique y proceda a volver a tramitar adecuadamente esta ordenanza, para evitar las ilegalidades administrativas que contiene, sino que sea el Principado que obligue al Consistorio, sin renunciar la Coordinadora ha solicitar la responsabilidades administrativas de los autores de estas irregularidades.
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