Entendemos que el texto propuesto sigue teniendo algunos errores que no se pueden permitir en un espacio de este valor natural como es este parque urbano de elevado valor para las aves.
- Entendemos que no deben ser usos autorizables como se propone en el punto 8.2.2 la organización de eventos tipo ferias, mercadillos o similares en el parque, en cuanto que cualquiera de estas aglomeraciones generan ruidos en un parque de alto valor natural, cuando al lado hay otro parque sin los valores naturales del parque de Isabel la Católica, que podrían acoger eventos masivos como el de los Hermanos Castro que se modifico en los últimos años para recoger actividades mercantiles.
- Sorprende que se diga en la pagina 12 que “No hay constancia de presencia de especies protegidas entre las aves invernantes del parque". , cuando hay varias en la zona dependiendo de la época del año lo que da idea de la importancia natural del lugar: Halcón peregrino (Falco peregrinus), Andarríos chico (Actitis hypoleucos), Morito común (Plegadis falcinellus), Porrón pardo (Aythya nyroca), Garza real (Ardea cinerea), Garceta común (Egretta garzetta), Garcilla bueyera (Bubulcus ibis), Martín pescador común (Alcedo atthis), Lavandera cascadeña (Motacilla cinerea), Rascón europeo (Rallus aquaticus), Zampullín común (Tachybaptus ruficollis), Gaviota cabecinegra (Larus melanocephalus), Espátula común (Platalea leucorodia). Sin olvidarnos de la presencia esporádica de especies muy singulares que resaltan la importancia del lugar para las aves; Gaviota de Delaware (Larus delawarensis), Ánsar piquicorto (Anser brachyrhynchus), Cerceta carretona (Anas querquedula), etc.
- En vista del grave problema de abandono de los galápagos de Florida en el parque, como medida transitoria sería necesario crear un pequeño estanque cercado y señalizado donde la gente pueda liberar las tortugas que ya no quiere tener en su caso y evitar el continuo aporte al estanque de ejemplares (y a otros lugares como el río y Parque Fluvial del Río Piles) de tortugas que colonizan otras zonas con el riesgo que supone la proliferación de una especie como esta.
- En cuanto la pajarera vemos necesario que se cumplan de una vez por todas el Art. 6 párrafo a) del Decreto 73/98 del 3 de diciembre, por el que se regula la actividad de los Núcleos Zoológicos en el Principado de Asturias, "a) estar ubicados en lugares adecuados y debidamente cercados para impedir la evasión de animales de la explotación, así como las entrada de animales extraños."
Esperamos que el Ayuntamiento atienda nuestras peticiones y se modifique el plan de uso y gestión propuesto del parque de Isabel la Católica.
-Fuente: Nota de prensa de la Coordinadora Ecoloxista d'Asturies.-
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